El psicólogo forense elabora un documento escrito (informe pericial psicológico) en el que se expondrá las consideraciones y conclusiones sobre los hechos que han sido objeto de la pericia.
Los pasos que se siguen son:
Análisis del caso.
En esta fase es cuando entran en contacto el psicólogo con alguna de las partes implicadas o con los Tribunales y donde estos indican el objeto de la pericial. Una vez que se determina la pertinencia de la demanda, el psicólogo comienza un trabajo de documentación, estudiando el sumario del caso, escritos de demanda, informes, diligencias, etc.
Coordinación con el equipo legal.
Es muy importante que los representantes legales del peritado, mantengan una comunicación estrecha con el psicólogo, facilitando toda la documentación pertinente para la realización del informe pericial, precisando el objeto de la actuación e informando de las posibles eventualidades que afecten a la pericial.
Planificación
Una vez que el psicólogo conoce el caso, organiza el trabajo que va a realizar: a quien va a explorar, número de entrevistas, metodología a utilizar, pruebas psicométricas y complementarias que va a aplicar y contexto de exploración. Todo esto bajo el principio de flexibilidad, por el que se pueden producir modificaciones para adaptarse a nuevas necesidades de exploración.
Evaluación psicológica.
En base a la información recabada y el objeto de la pericial se realizan las entrevistas, donde hay que tener en cuenta la información forense y psicosocial recogida, así como la congruencia con la comunicación no verbal mantenida a lo largo de la misma. También se procede a la aplicación de pruebas psicológicas estandarizadas, que tengan alto índice de fiabilidad y validez y adaptada a la población objeto de estudio.
Coordinación profesional.
Con los datos obtenidos, se procede a su análisis, de forma objetiva y exhaustiva, poniendo en relación información propiamente psicológica, con información médica, social, familiar, procesal, etc. Si se aprecia la necesidad, se mantiene contacto sus profesionales de referencia que puedan dar o confirmar información pertinente.
Elaboración del informe pericial
Con el informe se da respuesta al requerimiento que se hizo y que está recogido en el objeto de la pericial. Debe estar redactado en un lenguaje adaptado a los interlocutores, sin abusar de tecnicismos, y de forma clara y concisa. El informe debe incluir: datos de identificación, objeto pericial, metodología, exploración psicopatológica, resultados y conclusiones.
Ratificación del informe
En los casos en los que sea citado, el perito psicólogo expondrá y defenderá ante el tribunal el informe elaborado. Se deben limitar las conclusiones al peritaje realizado, y responder a las preguntas formuladas por las partes sobre aspectos del informe o sobre el conocimiento técnico profesional.